DEDUCCION DE CUOTAS SINDICALES AL TRABAJADOR (Clausula 59)
La empresa se compromete a deducir por planilla del salario de los trabajadores afiliados al sindicato, las cuotas ordinarias y extraordinarias de conformidad con la ley; asi mismo la e mpresa deducira cuotas sindicales a los trabajadores no sindicalizados que reciban los beneficios del contrato colectivo, de conformidad a lo dispuesto en el decreto ley numero 30 del 15 de marzo de 1973
El monto de las deducciones sera entregado a la organización sindical a mas tardar dentro de los cinco (5) dias siguientes que se haya efectuado la deduccion, acompa;ando un listado que contenga el nombre de los trabajadores a los que se efectuo la respectiva deduccion.
De la misma manera, la empresa deducira las cotizaciones ordinarias y extraordinarias para la constitución y formación de cooperativas y cajas de ahorro formada por los trabajadores, debiendo presentar el sindicato la certificación del punto de acta en que fueron acordadas.
La violación de la clausula consiste en que los trabajadores y trabajadoras no sindicalizadas de LAFARGE CEMENTOS de Honduras gozan de los beneficios del Contrato Colectivo, por ejemplo:
Becas (Clausla 18)
Vacaciones (Clausula 20)
Viaticos por remisiones (Clausula 25)
Porcentaje por produccion (Clausula 28)
Licencia por muerte familiar (Clausula 31)
Permiso por matrimonio (Clausula 32)
Lactancia (Clausula 34)
Servicios medicos (Clausula 35)
Examenes medicos a trabajadores (Clausula 36)
Seguro medico familiar (Clausula 37)
Gastos fuberales (Clausula 39)
Seguro de vida para trabajadores (Clausula 40)
Herramientas de trabajo (Clausula 44)
Uniformes a trabajadores (Clausula 45)
Precio de cemento a empleados (Clausula 52) 300 bolsas al año
Bonificacion por nacimiento de hijo (Clausula 54)
Bonificacion por antiguedad (Clausula 57)
Donación de canasta alimenticia y juguetes navideños (Clausula 58
Estamos claros que el Contrato Colectivo es para todos los trabajadores pues no somos una organización excluyente, sin embargo exigimos se realicen las deducciones cen cumplimiento de la ley.
El Sindicato ha solicitado el cumplimiento de esta clausula, sin embargo la empresa no realiza las deducciones correspondientes.
La empresa se compromete a deducir por planilla del salario de los trabajadores afiliados al sindicato, las cuotas ordinarias y extraordinarias de conformidad con la ley; asi mismo la e mpresa deducira cuotas sindicales a los trabajadores no sindicalizados que reciban los beneficios del contrato colectivo, de conformidad a lo dispuesto en el decreto ley numero 30 del 15 de marzo de 1973
El monto de las deducciones sera entregado a la organización sindical a mas tardar dentro de los cinco (5) dias siguientes que se haya efectuado la deduccion, acompa;ando un listado que contenga el nombre de los trabajadores a los que se efectuo la respectiva deduccion.
De la misma manera, la empresa deducira las cotizaciones ordinarias y extraordinarias para la constitución y formación de cooperativas y cajas de ahorro formada por los trabajadores, debiendo presentar el sindicato la certificación del punto de acta en que fueron acordadas.
La violación de la clausula consiste en que los trabajadores y trabajadoras no sindicalizadas de LAFARGE CEMENTOS de Honduras gozan de los beneficios del Contrato Colectivo, por ejemplo:
Becas (Clausla 18)
Vacaciones (Clausula 20)
Viaticos por remisiones (Clausula 25)
Porcentaje por produccion (Clausula 28)
Licencia por muerte familiar (Clausula 31)
Permiso por matrimonio (Clausula 32)
Lactancia (Clausula 34)
Servicios medicos (Clausula 35)
Examenes medicos a trabajadores (Clausula 36)
Seguro medico familiar (Clausula 37)
Gastos fuberales (Clausula 39)
Seguro de vida para trabajadores (Clausula 40)
Herramientas de trabajo (Clausula 44)
Uniformes a trabajadores (Clausula 45)
Precio de cemento a empleados (Clausula 52) 300 bolsas al año
Bonificacion por nacimiento de hijo (Clausula 54)
Bonificacion por antiguedad (Clausula 57)
Donación de canasta alimenticia y juguetes navideños (Clausula 58
Estamos claros que el Contrato Colectivo es para todos los trabajadores pues no somos una organización excluyente, sin embargo exigimos se realicen las deducciones cen cumplimiento de la ley.
El Sindicato ha solicitado el cumplimiento de esta clausula, sin embargo la empresa no realiza las deducciones correspondientes.